Debemos incluir en la póliza a todas las personas que vayan a hacer uso del vehículo. En caso de sólo poder incluir a uno, este deberá ser el de menor edad. Los menores de 25 y aquellas personas con pocos años de carné de conducir tienen restricciones a la hora de contratar y pagan primas más elevadas. En caso de no hacerlo y tener un siniestro, la aseguradora tiene la posibilidad de reducir la indemnización en proporción a la prima dejada de percibir, de haber incorporado como conductor a este menor (en aplicación del art. 10 de la Ley del Contrato de Seguro).
¿Qué diferencia hay entre estas figuras?
Las distintas personas que pueden coincidir en un contrato de seguro (auto) son:
– Tomador del seguro: es la persona que contrata y a nombre de quien figura la prima y hace el pago de la misma.
– Asegurado. Es la persona a la que cubre en caso de tener un siniestro. Esta figura y la anterior pueden o no coincidir.
– Beneficiario: es la persona que recibiría la indemnización en caso de un siniestro en un seguro de vida.
– Conductor principal u ocasional. El primero es el que usará habitualmente y el segundo el que lo hará solo en momentos puntuales. Muy importante que cuando el conductor ocasional sea un menor de 25 o tenga menos de un año de carné, se declare expresamente. En caso de no hacerlo, las indemnizaciones podrían verse afectadas.