Seguro que usted sabe que, cuando conduce, debe llevar su Permiso de Conducción encima, vigente y con los datos actualizados, así como la documentación del coche. Pero ¿Sabe si son válidas las fotocopias de la misma y en qué casos? ¿Sabe que tiene que llevar el informe de la última ITV, si su coche ha debido pasarla? ¿Y a qué se arriesga si no tiene o no lleva dichos papeles?
La Ley exige que conductor y vehículo obtengan unas autorizaciones administrativas para poder conducir y circular, que se lleven mientras lo hacen y que se muestren al agente de la autoridad que lo solicite. Estas son :
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Permiso o Licencia de Conducción.
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Permiso de Circulación y Tarjeta de Características Técnicas (Tarjeta ITV o “cartón”)
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Las Autorizaciones Especiales de Circulación que haya solicitado ese vehículo
Igualmente, éste detener concertado un seguro obligatorio y debe poder acreditarlo, mediante la póliza del mismo y el recibo de que está en vigor.
Estos “papeles” representan la garantía de uqe el titular está capacitado para conducir con seguridad un determinado tipo de automóvil (Permiso de Conducir) y de que el vehículo cumple con las características y homologaciones que exige la Ley (Permiso de Circulación y Tarjeta de Características), de que no presenta defectos mecánicos que le convierten en peligroso (Inspección Técnica de Vehículos, ITV) y que en caso de sufrir o provocar un accidente y producirse lesiones, podrá responder de los posibles daños causados a tercero (Póliza del contrato del Seguro Obligatorio y recibo en vigor)
En España, sirven Fotocopias cotejadas y se pueden plastificar.
Por la protección que representan, no llevarlos o no haberlos obtenidos se sanciona con multas cuya cuantía se gradúa en función de la gravedad del hecho. Es más grave conducir sin haber obtenido el correspondiente Permiso que no llevarlo poseyéndolo; y así lo recogen las sanciones:
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Conducir sin llevar el Permiso se multa con 10 €
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Conducir sin haber obtenido el permiso, de 150 a 900 €, en función de la clase de vehículo.