Los animales que no se llevan de forma adecuada en el vehículo representan un riesgo significativo de lesiones para todos sus ocupantes, tengan estos dos o cuatro patas. Bienestar animal y seguridad vial se alían en este caso para buscar la fórmula idónea de transporte de las mascotas, sea cual sea su especie –aunque, por pura estadística, los perros dominan– y tamaño.
La presencia de mascotas en los hogares españoles se disparó tras la pandemia. Según la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (Anfaac), el número de perros aumentó un 38% en tres años hasta los 9 millones en 2021. Seis millones de gatos, ocho de peces y otros cinco de pájaros dibujan un panorama doméstico marcado por la cada vez mayor relevancia de los animales en nuestras vidas.
Más allá de las cifras, la simple observación da sobradas pistas de ello: se multiplican los destinos turísticos y las atracciones “dog friendly”, la oferta de productos relacionados con ellos crece exponencialmente y cada vez más sitios públicos admiten la presencia de perros. La consecuencia es inevitable: a mayor integración del animal, mayor necesidad de contar con regulaciones, normas, medios y soluciones que faciliten el día a día de dueños y mascotas.
LO QUE DICE LA NORMA
La Ley de protección, derechos y bienestar de los animales recién aprobada establece que en los desplazamientos el dueño debe atender “las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales” y asegurarse de que el medio de transporte disponga de espacio y garantice “la seguridad vial y la seguridad” de la mascota durante el trayecto, pero no detalla cómo aplicarlo.
Por su parte, el artículo 13 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que el conductor debe garantizar que nada le entorpece ni dificulta su visibilidad. Para eso debe procurar “la adecuada colocación de objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”. Francisco de las Alas-Pumariño, jefe de la Unidad de Normativa de la DGT, señala que “en una próxima modificación del Reglamente General de Circulación se abordará con mayor detalle el modo en que deben ser transportados los animales domésticos en los vehículos”.
Texto extraído de la web de la DGT, para más información aquí